Los bancos ya no podrán activar tarjetas de crédito sin tu consentimiento: claves de la nueva norma

Una de las novedades menos comentadas pero más relevantes del nuevo anteproyecto de ley de crédito al consumo es la prohibición de emitir tarjetas de crédito o ampliar su límite sin el consentimiento expreso del titular. Esto pone fin a una práctica que, aunque no era mayoritaria, sí ha generado problemas a muchos consumidores en los últimos años.

¿Te suena haber recibido una tarjeta de crédito que no habías pedido? ¿O descubrir que el límite de tu tarjeta había subido sin que nadie te lo consultara? Pues bien, con la nueva ley eso quedará prohibido de forma explícita. La norma establece que toda concesión de crédito a consumidores que no lo hayan solicitado previamente, y sin su consentimiento expreso, queda totalmente vetada. El objetivo es evitar endeudamientos no deseados desde el origen.

La medida forma parte de la transposición de dos directivas europeas que buscan alinear la legislación española con los estándares de protección del consumidor financiero del resto de la Unión Europea. En países como Francia o Alemania, restricciones similares llevan años en vigor.

Créditos preaprobados: sí pueden ofrecerlos, pero no activarlos

La ley matiza un punto importante: los bancos sí podrán seguir ofreciendo y anunciando créditos preaprobados. Es decir, pueden enviarte una comunicación diciendo que tienes un crédito disponible o una tarjeta lista para activar. Lo que no pueden hacer es activarla unilateralmente sin que tú des el paso.

Esta distinción es clave, porque muchas entidades utilizan los créditos preaprobados como herramienta comercial legítima para captar y fidelizar clientes. La nueva norma no limita la oferta comercial, solo exige que el consumidor tenga que aceptar de forma activa y explícita antes de que se active cualquier producto financiero asociado a crédito.

Descubiertos, pagos aplazados y «compra ahora, paga después»

La reforma no se queda en las tarjetas. También impone topes al coste de los descubiertos en cuenta corriente, esas situaciones en las que tu cuenta queda en números rojos y el banco te cobra comisiones e intereses que pueden variar enormemente entre entidades. Con el nuevo marco, habrá límites claros, mayor transparencia y la obligación de informar al cliente del coste total antes de que se produzca el cargo.

Los sistemas de «compra ahora, paga después» también entran en el ámbito de la ley. Estas plataformas, muy populares en el comercio electrónico y especialmente entre el público más joven, permiten fraccionar pagos de forma instantánea en el momento de la compra. Con la nueva regulación, quedan sujetas a las mismas reglas de transparencia, evaluación de solvencia y supervisión del Banco de España que el resto de créditos al consumo.

Además, la norma obliga a que las páginas web de los prestamistas incluyan un botón de desistimiento claramente visible para que el consumidor pueda cancelar la operación fácilmente. Y se refuerza la obligación de evaluar la solvencia del solicitante antes de conceder cualquier crédito, algo que hasta ahora no siempre se cumplía en las plataformas de financiación instantánea.

En resumen: si usas tarjetas de crédito, pagos aplazados o cualquier forma de financiación al consumo, el nuevo marco regulatorio refuerza tu protección en prácticamente todos los frentes. Los cambios que vienen son positivos tanto para tu bolsillo como para tu seguridad financiera.